Esta es la interrogante que preocupa a muchas personas encargadas de la titánica tarea de realizar las declaraciones semanales que impuso el nuevo régimen "temporal" de anticipos del IVA del ISLR que aplica de forma exclusiva a los Sujetos Pasivos Especiales. Sobre esto escribimos antes en GERENCIA Y TRIBUTOS en el artículo que corresponde a este LINK
Los Contribuyentes Especiales deben realizar su declaración del IVA por período impositivo semanal, así mismo las retenciones del IVA, y la declaración del IGTF.
De la declaración de IVA semanal, se generan los compromisos de pago del anticipo del IVA y del ISLR cuando los datos de dicha declaración así lo determinan. Esto ocurre en los casos en que se genere pago de IVA y se hayan declarado ingresos brutos en dicha semana.
Hay ciertos Contribuyentes Especiales que deben presentar declaración con periodicidad mensual y otros semestral o trimestral dependiendo de sus ingresos brutos. Estos se especifican en el artículo "Frecuencia de la declaración IVA, anticipo IVA e ISLR, de los Contribuyentes Especiales" que está ligado el siguiente LINK
Para responder la pregunta sobre si ¿Es la última semana de este mes o es la primera del próximo? el especialista en consultoría tributaria Camilo London que es nuestro líder en el equipo editor de GERENCIA Y TRIBUTOS, ha creado una guía que está contenida en un ebook que puedes obtener en el siguiente enlace:
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Buen día, realmente la guía aclara muy bien la duda sobre la identificación de las semanas, muchas gracias por ese valioso aporte.
ResponderEliminarPero tengo una inquietud, porque razón los compromisos de las retenciones de iva salen con fechas distintas a las del calendario, todas salen con vencimiento el dia lunes siguiente de la semana al igual que los anticipos???? pudieran aclarme esa duda