Para el control de los tributos nacionales, como en el caso de lo que disponen la Ley de IVA y del ISLR; se establece la obligación de los contribuyentes, de emitir facturas.
Algunas normas relativas a la emisión de facturas, están contenidas directamente en las leyes y reglamentos que rigen a tributos nacionales.
Y cada una de estas normas, delega en la Administración Tributaria Nacional, la definición de los requisitos y modalidades de la facturación a efecto fiscal.
Actualmente, a la fecha de este artículo publicado en el Blog GERENCIA Y TRIBUTOS, hay en el país diferentes regímenes normativos para la emisión de facturas fiscales.
Régimen "General" de emisión de facturas fiscales
En la Providencia Administrativa SNAT/2011/0071 se establece el régimen general de emisión de facturas y otros documentos.
Esta norma fue dictada en el año 2011 por el SENIAT y publicada en la Gaceta Oficial Nro. 39.795 del 08/11/2011.
Regímenes "Especiales" de facturación fiscal
En la Disposición Final Sexta de la Providencia Administrativa SNAT/2011/0071, se establece que "Quedan vigentes las disposiciones especiales de facturación establecidas en las Providencias Números 603, 0474 y 0456 de fechas 13/04/1998, 24/09/2004 y 07/07/2005, respectivamente, publicadas en las Gacetas Oficiales Números 36.435, 38.035 y 38.233 de fechas 17/04/1998, 01/10/2004 y 21/07/2005, respectivamente".
Estas normas, establecen regímenes especiales para emisión de facturas fiscales.
Ten en cuenta que la Providencia Administrativa Nro. 0603, luego fue derogada y sustituida por la Nro. 0073 del año 2013.
Normas para la emisión de facturas, boletos aéreos y otros documentos por la prestación de servicios de transporte aéreo de pasajeros
La Providencia Administrativa N° SNAT/2013/0078, se publicó en la Gaceta Oficial Nº 40.318 del 18 de diciembre de 2013 y tiene por objeto, establecer las normas que rigen la emisión de facturas, boletos aéreos y otros documentos, por concepto de prestación de servicios de transporte aéreo nacional e internacional de pasajeros, expedidos por los siguientes sujetos pasivos:
1.- Líneas Aéreas,
2.- Agencias de viajes y turismo,
3.- Demás sociedades mercantiles que medien en la venta de boletos aéreos.
Normas para la emisión de facturas de los intermediarios de servicios de telefonía
La Providencia Administrativa N° SNAT/2004/0474, se publicó en la Gaceta Oficial Nº 38.035 del 01 de octubre de 2004 y tiene por objeto, establecer las normas que rigen la emisión de facturas de los intermediarios en cuyos establecimientos las empresas operadoras de telecomunicaciones prestan servicios de telefonía.
Están contenidas en esta norma, además, las relativas al registro de estas operaciones en los libros especiales del IVA.
Normas para la emisión de facturas de las estaciones de servicios
La Providencia Administrativa N° SNAT/2004/0456, se publicó en la Gaceta Oficial Nº 38.233 del 21 de julio de 2005 y tiene por objeto, establecer las normas que rigen la emisión de facturas de las estaciones de servicio, por la venta de combustible.
Normas para la emisión de facturas a través de medios digitales
La Providencia Administrativa N° SNAT/2024/102, se publicó en la Gaceta Oficial Nº 43.032 del 19 de diciembre de 2024 y tiene por objeto, establecer las normas que rigen la emisión de facturas y otros documentos, por medios digitales.
Sobre este novedoso tema, puedes consultar el artículo publicado en el Blog GERENCIA Y TRIBUTOS al cual puedes acceder desde el link desde la imagen que mostramos a continuación:
Para determinar cuál de los regímenes de facturación aplica a la empresa y con ello establecer el cumplimiento de requisitos formales al emitir estos documentos fiscales, es necesario hacer una evaluación de la actividad que esta despliega.
Es recomendable que, de forma periódica, la empresa, haga revisión de cumplimiento de deberes formales en materia de facturación, para evitar incurrir en desviaciones que acarrean severas sanciones en el ámbito tributario.
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