Diagnóstico Tributario, una herramienta para la mejor gestión empresarial



El diagnóstico tributario es un proceso que bien podría definirse como una auditoría destinada a constatar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de un sujeto pasivo. Esta constituye una  eficiente herramienta para una optimizar la gestión tributaria del contribuyente.

Camilo London 
Gerencia y Tributos

Auditoría fiscal y fiscalización 

La auditoría es, en su definición más amplia, una “revisión sistemática de una actividad o de una situación para evaluar el cumplimiento de las reglas o criterios objetivos a que aquellas deben someterse”. Así lo refiere la Real Academia Española.

Muchos asumen al diagnóstico tributario como una auditoría fiscal. Y ciertamente estos términos podrían tener el mismo significado, e incluso el mismo objeto dependiendo de quién la realice y su finalidad.


Ahora bien, el término “auditoría fiscal” es comúnmente asumido como sinónimo de “fiscalización” realizada ésta por la Administración Tributaria como instancia pública que tiene por objeto la gestión y control de recaudación de los impuestos, tasas, contribuciones y demás exacciones fiscales que los ciudadanos adeudan al Estado

Es necesario aclarar que esta acepción no es exclusiva de la labor del ente público y la Auditoría Fiscal también podría aplicar a la que ejecutan particulares a requerimiento e interés del propio contribuyente en calidad de cliente del servicio.

Sin embargo, dado el uso que de forma general y mayoritaria vincula a la auditoría fiscal con la fiscalización realizada por el Estado, es decir, una auditoría del ente público, nos inclinamos en este post, por la denominación de Diagnóstico Tributario para marcar desde allí la diferencia de esta auditoría con respecto a la de la agencia tributaria. 

Objeto del diagnóstico tributario

La obligación tributaria es la que nace a partir de la realización del hecho imponible definido como tal por la norma legal que crea y regula a la exacción fiscal. 

Esta podrá ser de carácter material o del tipo formal. En el primer caso nos estaríamos refiriendo a un importe dinerario, mientras que en el segundo caso se trata de obligaciones relativas al hacer o no hacer, según lo disponga la Ley. 

Las obligaciones tributarias formales, también denominadas como “deberes formales” constituyen  tareas atribuidas a los contribuyentes con el objeto de coadyuvar con la labor de recaudación y control fiscal que corresponde ejercer a la Administración Tributaria del Estado. 

El diagnóstico tributario que es realizado, por agentes externos al cliente (Auditoría externa), o por empleados del contribuyente (Auditoría Interna), está dirigido a determinar el nivel de cumplimiento o incumplimiento que éste tenga de las obligaciones tributarias.

Pero no solo se limita a esta labor, porque puede estar también dirigido a la revisión del sistema de aseguramiento del cumplimiento de tales obligaciones y del acatamiento de los planes que la empresa o particular haya dispuesto en esta materia.


Las obligaciones tributarias están previstas en instrumentos jurídicos. En el caso de las obligaciones materiales estas solo podrían estar contempladas en las Leyes, ya que es de reserva exclusiva para estos instrumentos la creación de los tributos, de allí el denominado principio de legalidad y reserva legal de los tributos, por lo que no puede tener una fuente distinta, ni puede haber una delegación de la Ley de tal atribución en una norma de rango menor. 

En cambio, los deberes formales tributarios pueden estar contemplados tanto en la ley, como en instrumentos como Reglamentos, Resoluciones, Providencias Administrativas u otros instrumentos jurídicos de rango menor. 

En el caso de que el auditor o revisor fiscal detecte incumplimientos de la normativa tributaria, sean de obligaciones materiales o de deberes formales, esta información servirá al cliente para que se tomen las decisiones que corresponda a efectos de los necesarios correctivos.

Pero como ya indicamos antes, la labor del revisor también puede estar orientada a determinar la pertinencia del sistema administrativo y de operaciones que redunde en el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias del contribuyente o del cumplimiento de los elementos contemplados en la planificación fiscal que se haya previsto, por ejemplo, para poder optar a un beneficio de exoneración fiscal establecido en la norma legal.



Diagnóstico para evitar contingencias e identificar situaciones de riesgo 

El diagnóstico tributario es necesario para detectar de forma oportuna las desviaciones que afecten el cumplimiento de los objetivos propuestos. Y uno de esos objetivos en el caso de los contribuyentes, es acatar y cumplir oportunamente las obligaciones tributarias previstas en las normas que les rigen.

Igualmente el diagnóstico debe estar orientado en la detección de situaciones de riesgo que puedan derivar en el incumplimiento de las obligaciones y las contingencias fiscales asociadas.

Un diagnóstico tributario deben partir de la revisión del control interno y procedimientos que ha previsto la empresa para cumplir con sus obligaciones fiscales. Luego debe hacer examen de las obligaciones tributarias materiales, no solo en lo que refiere al importe monetario que ha sido pagado al Sujeto Activo, sino también, la oportunidad en la cual dicho pago ha sido realizado.

Así mismo, debe hacerse una exhaustiva revisión de los deberes formales que corresponde al contribuyente y constatar su cumplimiento oportuno.


El diagnóstico tributario debe ser sistemático, y por ende deberá corresponder a un plan desarrollado en reconocimiento de las características del cliente.

Para su formulación debe tenerse un conocimiento pleno de la normativa que regula a los diferentes tributos a los que concurre el cliente en calidad de contribuyente, una valoración de la actividad económica del cliente, así como de los procedimientos administrativos que este ejecuta y que tienen incidencia en la determinación de los tributos, y el cumplimiento de los deberes formales. 

Como en un examen médico, siempre se recomienda al cliente que no se “auto-medique”, para lo cual es necesario contar con personal especializado que tenga el conocimiento y experiencia en la aplicación del diagnóstico tributario, mismo que deberá tener independencia del personal administrativo que aplica los procedimientos de determinación de tributos y acatamiento de deberes formales.

Muchas empresas pequeñas y medianas, no cuentan con los recursos para mantener a un personal especializado en la materia fiscal que ejecute labores de diagnóstico. El auditor no puede ser el mismo empleado que tiene atribuido el cumplimiento de las obligaciones tributarias, sino precisamente aquella persona que debe atender la revisión del trabajo que el personal administrativo ejecuta.


Algunas empresas, que cuentan con unidades, departamentos o personas con la función de auditoría interna, asignan a dicho personal la labor del diagnóstico fiscal, pero es necesario precisar que esta es una función que requiere de conocimientos particularmente especializados y para ello debe contar tal auditor con las herramientas necesarias y conocimiento suficiente para cumplir su labor. 

Es frecuente que ante las limitaciones que puedan tener las empresas de contar con un personal auditor interno con la calificación para atender la revisoría fiscal, contraten estos servicios con  asesores especializados que atienden de forma periódica la labor del diagnóstico tributario

Frecuencia y profundidad del diagnóstico tributario

En el trabajo que me corresponde ejercer en la planificación y ejecución de labores de diagnóstico tributario de clientes, una de las interrogantes más frecuentes de estos, es la relativa a la frecuencia y profundidad de la auditoría que debe hacerse para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributaria. 

La respuesta a esta interrogante dependerá de las características propias del cliente, definidas por su sistema administrativo, el aseguramiento que este tenga de los estándares de calidad y control interno, del nivel de conocimiento y experiencia del personal que debe atender las labores relativas a determinación de las obligaciones materiales y formales de rango tributario, del volumen de transacciones u operaciones, y en general del tamaño de la empresa, entre otros factores a ser considerados. 


En promedio, en el caso de clientes que apenas inician sus labores de diagnóstico tributario, es decir, que no habían previsto la auditoría como medio de control del cumplimiento de obligaciones tributarias, se recomienda que el mismo realice su diagnóstico con una frecuencia que no exceda de los tres meses.

Se trata de que la labor de diagnóstico en esos casos, debe atender situaciones de desviaciones que posiblemente se han dado ante la falta de una revisión oportuna para tomar los correctivos de forma eficiente. 

Ya para clientes que tienen un historial de revisiones con resultado satisfactorio, que cuentan además con sistemas de aseguramiento de calidad, como procedimientos estandarizados y formación permanente de su personal administrativo,  la frecuencia del diagnóstico es regularmente entre semestral y anual. 

Lo que no se mide, no se puede mejorar…

Esta frase que se atribuye al maestro William Thomson Kelvin quien en las postrimerías del siglo XIX explicaba a sus alumnos que “Lo que no se define no se puede medir. Lo que no se mide no se puede mejorar. Lo que no se mejora, se degrada siempre”. La frase pone énfasis en los fundamentos que hoy definen las premisas de los sistemas de aseguramiento de la calidad de procesos.


Se trata de que el diagnóstico tributario permite medir el desempeño del contribuyente en lo concerniente al cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con ello generar información para la toma de decisiones que estarán dirigidas a evitar el perjuicio económico que supone ser objeto de sanciones que podrían afectar los resultados de la empresa

Diagnóstico tributario, adiestramiento y gerencia tributaria

Quizás por mi vocación docente a lo largo de los años de ejercicio de la misma, compartida con la labor de asesor tributario, hacen que me incline por el modelo de diagnóstico tributario que se enfoca en el reforzamiento de las habilidades del personal administrativo de la empresa cliente para que se dé a estos la efectiva transferencia de conocimientos y habilidades que les permitan el cumplimiento de sus funciones de forma óptima.

Cada aplicación de un diagnóstico debe propender al fortalecimiento del conocimiento del personal que es objeto de la revisión. Después de todo, el objetivo último es que la empresa pueda asegurar el cumplimiento de sus obligaciones de forma eficiente y oportuna.

Así que el trabajo de auditoría puede aportar mucho valor al desempeño del personal y la mejora de los procedimientos sujetos al examen. 

Para la función de la Gerencia Tributaria óptima de la empresa, la auditoría o diagnóstico tributario son indispensables para el objetivo del cumplimiento cabal de las obligaciones tributarias. 

Espero que estas breves consideraciones sobre este relevante tema, ayuden a la mejor valoración del diagnóstico tributario como acción que tiene una incidencia positiva en la planificación fiscal de las empresas y particulares.




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Comentarios

  1. Sigo al colega Camilo London, casi desde sus comienzos con su(s) blog(s), y mantengo archivado digitalmente casi todos sus escrito, desde hace varios años.

    Muy pertinente, para sus seguidores y quienes tenemos pasión por el conocimiento tributario en nuestro país.

    ¡Felicitaciones, y adelante!

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  2. Excelente artículo, es necesario insistir en la formación en los aspectos tributarios y fomentar este conocimiento para asesorar y canalizar las debilidades de la organizaciones en estos procesos.

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  3. Exelente material, siempre es acertado y actualizado en sus publicaciones

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  4. Excelente artículo agradecida por la retroalimentación.

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