Uno de los capítulos más interesantes en materia de la determinación del impuesto sobre actividades económicas, es el que corresponde al de las empresas que desarrollan la actividad de industria y realizan ventas a través de sus sucursales que se encuentran ubicadas en otros municipios.
Estas entidades, deben tributar en el municipio donde se despliega la fabricación y además en cada uno de los municipios donde han instalado sucursales.
Y fíjate que no es el caso de la industria que vende desde el municipio donde está la fábrica, a otros municipios, en donde están los clientes, pero sin sucursales. Son supuestos y metodologías diferentes, es cada uno de estos casos.
No confundirse y aplicar el procedimiento correcto, para evitar la múltiple imposición municipal, pero por otra parte, no pagar más tributo del que se debe, es fundamental para los profesionales que brindan servicios en esta área.
Para ahondar en estos procedimientos, en el Foro Interactivo del 2 de septiembre de 2026, en el ESPACIO VIP TRIBUTARIO; un especialista nos dará referencias en un paso a paso para conocer la forma de identificar cada caso y aplicar correctamente la norma que dispone la forma en que las industrias, determinan la base imponible del ISAE en el municipio donde se ubica la fábrica y el municipio o municipios donde se ubican sus sucursales, de ser ese el caso.
Con este foro, ya arriban a 121 los que se han desarrollado en el ESPACIO VIP TRIBUTARIO.
Cada foro queda grabado y se constituye en un completo tutorial, que combina, audio, video, texto e imágenes en un GRUPO TELEGRAM al que tienen acceso los miembros de esta comunidad de conocimiento y formación permanente en el área tributaria.
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