En el año 2017 escribí tres artículos que fueron publicados en el Portal Web de FINANZAS DIGITAL sobre el tema de las retenciones del IVA en Venezuela.
Su contenido, tiene hoy plena vigencia.
La serie de tres artículos aborda el tema, desde varias perspectivas y con un enfoque propositivo para coadyuvar en la identificación y comprensión de las distorsiones que el régimen de retenciones del IVA ha causado en Venezuela, que han atentando severamente contra la neutralidad de este impuesto y conformando un inmenso obstáculo al sector industrial, al sector importador formal y al de los mayoristas, para los cuales la retención del IVA en porcentajes de 75% y 100% del débito fiscal, significan en una gran número de casos, un pago que excede al legalmente establecido.
Quizás uno de los factores que ha dificultado la identificación y reconocimiento oficial del problema, sea la falta de entendimiento de la dinámica de determinación del IVA, que se sustenta en un sistema de traslación de la carga tributaria al consumidor final, con un procedimiento de determinación de dos fases que garantiza su neutralidad.
Si no se atiende, respeta y garantiza la neutralidad del IVA, deja de ser IVA y se convierte en otra cosa.
Una primera fase, construye un Crédito Fiscal a favor del contribuyente ordinario del IVA, pagado a sus proveedores y la segunda fase causa el Débito Fiscal u obligación tributaria que se cobra a los clientes.
La denominada "cuota tributaria del contribuyente" se determina restando a los Débitos Fiscales, los Créditos Fiscales. El monto de la cuota tributaria, es lo que el contribuyente del IVA debe pagar al Tesoro Nacional. Ni un bolívar menos ni un bolívar más.
Si la retención del IVA excede de la cuota tributaria, se impone al contribuyente un pago de IVA que es mayor al que se prevé en la Ley. Y eso debe evitarse para no convertir al régimen de retención en una afectación severa al desempeño empresarial productivo. Especialmente en escenarios inflacionarios.
Sobre ese pago en exceso que es recurrente y persistente, cuando la retención del IVA es tan alta como un 75%, establecido actualmente en la norma dictada por el SENIAT; un Superintendente dijo hace más de dos décadas atrás, que el problema no era el alto porcentaje de retención, porque según él, la norma jurídica tenía previsto un régimen de devolución del tributo retenido en exceso.
Pero, se equivocó, si se ha generado un problema, como lo ha advertido ya FEDECAMARAS, CONINDUSTRIA y CONSECOMERCIO, la AVDT (Asociación Venezolana de Derecho Tributario), así como comités de asuntos tributarios de otras organizaciones gremiales y otros muchos profesionales relacionados con el tema.
Porque la mejor solución, la más eficiente, era desde el principio no causar un problema y asumir un porcentaje de retención racional.
Si no creas el problema, no hay que perder tiempo luego en "soluciones", que en este caso fueron ineficientes y sobre todo muy, pero muy costosas para los contribuyentes afectados. En su mayoría, industriales, mayoristas y los importadores de bienes de capital y materia prima de procesos productivos.
La solución al problema es realmente bastante sencilla. Aunque muchos se niegan a reconocerlo. Con tan solo una reducción diferenciada del porcentaje de retención del IVA, incluso en algunos casos, eliminar dicha retención, (En el caso de las compras y ventas que realiza la industria del país), nada pierde en materia de control fiscal el Estado, pero mucho gana el país erradicando una muy grave afectación a la dinámica productiva nacional.
Hoy dispone la administración Tributaria de herramientas tecnológicas para cumplir el fin de control previsto a través de la retención del IVA. Y es ese control el que garantizará la recaudación eficiente del tributo, sin excesos.
Por lo que al reducir el porcentaje de retención del IVA, con la instrumentación de cruces de información y análisis informático de datos, se llega al mismo objetivo, con mayor eficiencia y sin sacrificar el desempeño eficiente de la economía nacional.
Para facilitar el contexto sobre el problema y la dimensión de la solución al mismo, te dejo acá los enlaces de los tres artículos antes citados:
Primer artículo:
https://finanzasdigital.com/evaluando-la-retencion-del-iva-en-venezuela-i/
Segundo artículo:
https://finanzasdigital.com/evaluando-la-retencion-del-iva-en-venezuela-ii/
Tercer artículo:
https://finanzasdigital.com/evaluando-la-retencion-del-iva-en-venezuela-iii/

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