¿Cuándo debo declarar y pagar el ISAE del mes de noviembre 2023 en Caroní?

 

En el municipio Caroní reformaron la Ordenanza del ISAE, en el instrumento jurídico publicado en la Gaceta Oficial del municipio, el día 07 de noviembre de 2023.

En la nueva ordenanza del ISAE se modifica el plazo previsto para la declaración del ISAE que en este municipio se determina por períodos mensuales y no anuales, por cierto contrariando lo dispuesto en el artículo 205 de la ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM).

Pero apartando la violación a las disposiciones de la LOPPM respecto a la periodicidad anual del ISAE, quiero enfocarme en esta oportunidad en la pretensión de la Administración Tributaria del municipio Caroní, expresada en su cuenta de la Red Social Instagram, en la cual en i consideración, omite un principio y norma elemental del Derecho Tributario relativo a la vigencia y aplicación de las normas que determinan obligaciones tributarias de forma periódica. 

¿Qué cambió respecto al plazo para declarar el ISAE en Caroní?

En el artículo 52 de la Ordenanza del ISAE reformada en el año 2020, se establece que el plazo para declarar y pagar el tributo municipal que aquí se determina por períodos mensuales, será dentro de los primeros quince (15) días continuos, siguientes al mes vencido.

En cambio, en la Reforma a la Ordenanza del ISAE que se publica en Gaceta Oficial del municipio el 7 de noviembre 2023, se dispone en el artículo 62, que el plazo para declarar y pagar el ISAE será de solo diez (10) días continuos, siguientes al vencimiento del período mensual de determinación del tributo. 

Es decir, el cambio es la disminución del plazo para declarar y pagar el ISAE en Caroní.

¿Desde qué período impositivo la Superintendencia de Tributos de Caroní exige que se aplique la nueva norma reformada?

En una publicación que observamos en la cuenta instagram de la Superintendencia de Tributos municipales de Caroní, me ha llamado la atención que se le informa a los que siguen la cuenta, que el plazo para presentar la declaración del ISAE del período impositivo del mes de noviembre 2023, es el 12 de diciembre; en razón de que el día 10 es domingo y el lunes 11 es feriado bancario. 

Es decir, que los funcionarios de la alcaldía de Caroní a través de sus redes sociales, informan a los ciudadanos del municipio que el plazo para declarar y pagar el ISAE que corresponde al período impositivo de noviembre de 2023 se debe regir por la norma legal que se publicó en la Gaceta Oficial municipal el 7 de noviembre de 2023

Lo que establece el COT en esta materia y parecen desconocerlo en la Superintendencia Tributaria de Caroní

El Código Orgánico Tributario es una norma de aplicación supletoria en materia de los tributos municipales. Es de aplicación principal en la materia de la prescripción de la obligación tributaria y en lo relativo a las tipificaciones y máximo de las sanciones por ilícitos tributarios. 

Ahora bien, en lo atinente a la oportunidad en la cual se aplicarán las normas que determinen tributos, esta materia no tiene especial referencia ni en la LOPPM, ni en la reciente LOCAPTEM, ni tampoco en una norma municipal de Caroní. 

En razón de ello, nos debemos remitir al artículo 8 del COT el cual dispone que "Cuando se trate de tributos que se determinen o liquiden por períodos, las normas referentes a la existencia o a la cuantía de la obligación tributaria regirán desde el primer día del período respectivo del contribuyente que se inicie a partir de la fecha de entrada en vigencia de la ley, conforme al encabezamiento de este artículo".

Las obligaciones tributarias son inherentes a la determinación de la cuantía del período y al cumplimiento de obligaciones tributarias no materiales. Es decir, obligaciones materiales y obligaciones o deberes formales. 

La norma que regirá la determinación de la obligación tributaria en los casos de tributos que se determinen por períodos impositivos, como es el caso del ISAE, se regirán por la norma que esté vigente para el momento en que inicia dicho período impositivo. 

Por ello, en el caso del período impositivo del ISAE del mes de noviembre 2023, que inicial el 1 de noviembre de 2023, se regirá por la Ordenanza del tributo que está vigente desde el año 2020 y no la que se reformó luego de iniciado el mes

La reforma del ISAE que en Caroní está contenida en la Ordenanza que se publicó el 7 de noviembre de 2023, regirá para la determinación de las obligaciones tributarias, tanto materiales como formales, del periodo impositivo de determinación de diciembre 2023. No antes, porque la retroactividad de la norma está prohibida en el artículo 317 Constitucional con clara y lógica ratificación en las disposiciones contenidas en la LOPPM, la LOCAPTEM y el COT. 

¿Cuál es el plazo para declarar y pagar el ISAE del mes de noviembre en el municipio Caroní?

Si nos atenemos a las disposiciones de los artículos 317 de la Constitución Nacional, 3 de la LOCAPTEM, y 8 del COT, el plazo para declarar el ISAE del período impositivo de noviembre 2023 en el municipio Caroní; tiene término el 15 de diciembre 2023. No el día 12 de diciembre como anuncia la Superintendencia en su cuenta instagram.

Estas normas imponen además una racionalidad que reconoce la seguridad y estabilidad jurídica que opera en favor de la expectativa cierta del contribuyente en la planificación, organización y cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias. Se trata, además de un tema jurídico, de uno que tiene que ver con la inteligencia y la eficiencia.

Tachado adicionado por nosotros

Es necesario acotar que la LOCAPTEM ha exigido la adecuación de las Ordenanzas que tienen contenido tributario en las materias en ella indicadas, las cuales deben atender a las disposiciones que están contenida en la Constitución, la LOPPM y la propia LOCAPTEM. Precisamente ésta última norma reitera la primacía del principio de la reserva legal tributaria, así como los demás que están previstos en la Constitución Nacional. 

Por ello, la reforma que se haga a las ordenanzas, no puede agredir a las normas que dan sustento al subsistema tributario municipal, que son la Constitución Nacional, la LOPPM, el COT de aplicación supletoria como ya antes dijimos y ahora la LOCAPTEM. 

El principio de no retroactividad de la norma, así como el de la seguridad jurídica, no han quedado abolidos por la LOCAPTEM, sino por el contrario, tienen hoy la misma vigencia que les atribuye su referencia directa en el texto constitucional. El cual es reproducido y ampliado en el COT en esta materia. 

¿Qué hacer entonces?

Lo que establezca la Ley, aunque los funcionarios quieran violarla o no la conozcan. 

Y debemos exigir a la Superintendencia de Tributos Municipales de Caroní, el acatamiento de la norma jurídica. Un servicio público de calidad debe comenzar por este supuesto. 

Cada contribuyente que se sienta afectado, debe acudir a sus asesores especialistas en el área tributaria, muchos de los cuales cursaron programas de especialización en área tributaria en las universidades del país. De algo ha tenido que servir el título obtenido

Recuerda que lo que decimos acá no es asesoría, sino una opinión que busca alimentar el sano debate de ideas y conocimientos en el área que nos apasiona. No debe ser considerado lo expuesto acá como una asesoría. 

Camilo London

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