El 30 de septiembre se causa el Impuesto a los Grandes Patrimonios que es un tributo que tiene por Contribuyentes a los que hayan sido designados por el SENIAT como Sujetos Pasivos Especiales con un Patrimonio Neto igual o mayor a 150 millones de Unidades Tributarias para el momento en que se causa el tributo.
Para el año 2020 el valor de la Unidad Tributaria en el momento que se causa el IGP es de Bs. 1.500 con lo cual el umbral al que nos referimos antes es de solo Bs. 225.000.000.000 que parece mucho dinero, pero en realidad son solo alrededor de US$ 540.000.
Este impuesto se determina anualmente y tiene una alícuota 0,25% para el año 2020, la cual aplica a los bienes y derechos del Contribuyente luego de restar los bienes exentos, exonerados y no sujetos, así como sus pasivos.
Y esto como dijimos antes, medido el 30 de septiembre cuando hay que tomar la foto a personas y empresas que sean sujetos pasivos especiales a efectos de saber si calificará como contribuyentes; y de ser así, determinar el impuesto.
Sobre el Impuesto a los Grandes Patrimonios desarrollamos para la comunidad profesional y empresarial, un conjunto de 15 Video/Guías que conforman elementos conceptuales de este tributo, que incluyen además un completo material de apoyo conformado por las hojas de trabajo que sirven de base a la declaración, el instructivo de la declaración, base jurídica, modelo de trabajo para la declaración y Tips que apoyan su preparación, con consultas a un panel de expertos sobre los contenidos del curso.
Conoce más de nuestro curso AQUÍ
Comentarios
Publicar un comentario
IMPORTANTE:
Puedes compartir tus comentarios sobre la entrada que leíste aquí.
Pero recuerda, NO DAMOS ASESORÍA O RESPUESTA A CONSULTAS POR ESTA VÍA. Pero si requieres de la atención especializada de un asesor tributario puedes contactarnos y solicitar una cotización de servicios por el correo electrónico gerenciaytributos.asesoria@gmail.com