Es muy importante
tener en cuenta que la falta de enteramiento oportuno de la retención de impuestos que
se hace a los contribuyentes, puede acarrear severas
sanciones previstas en el COT, incluidas las de tipo penal.
Por ejemplo,
si al realizarse verificación o fiscalización, según sea el caso, la Administración
Tributaria Nacional determina que el responsable omitió enteramiento del
tributo retenido, la multa que aplicará será 1000% del monto de la retención apropiada
indebidamente en los términos dispuestos en el artículo 115 del COT.
Pero además de la sanción pecuniaria aplicará también la pena privativa de libertad establecida en el
artículo 119 de este Código, de seis (6) meses a siete (7) al que retenga y no entere oportunamente.
La sanción pecuniaria, conforme lo dispone el COT de 2020, se indexará al Tipo de Cambio de la Moneda de mayor Valor que Publique el BCV. Por lo que su valor se irá incrementando por el lapso de hasta 10 años de la prescripción del tributo mientras se liquida la planilla de pago.
La gerencia o la administración de la empresa debe ser muy cuidadosa en este tema y debe crear las políticas y condiciones para que la empresa cumpla estrictamente su obligación como agente de retención.
De allí que
la recomendación de Gerencia y Tributos es que el agente de retención
instrumente los controles y procedimientos para que el impuesto retenido sea
enterado SIEMPRE oportunamente, con una clara delimitación de funciones y
responsabilidades en la organización para atender el cumplimiento oportuno del
deber tributario.
El dinero retenido, no es del agente de retención, es un activo del sujeto retenido. Es el dinero de un tercero y por ello, son tan elevadas las sanciones prevista en el COT para el que se quede con el dinero de otro.
El costo de cumplir la obligación de enteramiento oportuno de la retención de impuesto, será por lo general mucho menor al costo de la sanción por no atender ese deber tributario.
Un plan de gerencia
y gestión tributaria eficiente de la empresa debe enfocarse en el desarrollo
de los procedimientos requeridos para garantizar el cumplimiento oportuno de
las obligaciones tributarias, entre ellas, las de los agentes de retención de
impuesto cuyo incumplimiento implicará una afectación patrimonial por las elevadas sanciones.
La labor del asesor tributario es también sensibilizar a la gerencia de la empresa para que esta sea vigilante del cumplimiento de las obligaciones que esta tiene en su condición de agente de retención.
En nuestras sesiones de consultoría y asesoría es frecuente que nos enfoquemos en instruir a los clientes sobre la normativa que en ámbito tributario le aplica, así mismo les ayudamos y orientamos en el diagnóstico que resulta necesario como punto de partida para el desarrollo de su planificación de la gestión tributaria eficiente.
Gerencia y Tributos
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