Luego de las dificultades que los contribuyentes tuvieron por efecto de el fallo general que dejó sin electricidad a casi la totalidad del país desde el 07 de marzo pasado, y las fallas reiteradas del Portal Fiscal del SENIAT; diferentes organizaciones gremiales empresariales a nivel nacional y regional en conjunto con la Asociación Venezolana de Derecho Tributario (AVDT), así como la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV) junto a varios Colegios Profesionales de este mismo gremio abogaron por la concesión de una prórroga que extendiese el plazo para la presentación de la declaración y pago del ISLR.
Luego de que se produce un nuevo fallo general del suministro de energía eléctrica el día 25 de marzo, a tan solo algo más de 10 días desde que se restituyese el servicio eléctrico con precaria normalidad en el país, el SENIAT finalmente por intermedio del Superintendente de la institución, anunció desde su cuenta en la red social twitter, que se decretaría una prórroga para la declaración del ISLR hasta el 30 de abril 2019.
El plazo ordinario con el que cuentan los contribuyentes del ISLR para cumplir la formalidad de realizar la declaración del tributo y luego pagar el importe que resulte de la misma, es hasta el 31 de marzo para quienes cierran su ejercicio fiscal el último día calendario del año 2018. De esta forma, con la prórroga anunciada se extiende por un mes más dicho plazo.
El plazo ordinario con el que cuentan los contribuyentes del ISLR para cumplir la formalidad de realizar la declaración del tributo y luego pagar el importe que resulte de la misma, es hasta el 31 de marzo para quienes cierran su ejercicio fiscal el último día calendario del año 2018. De esta forma, con la prórroga anunciada se extiende por un mes más dicho plazo.
El Código Orgánico Tributario (COT) dispone en su artículo 45 que el Ejecutivo Nacional podrá acordar prórrogas a los contribuyentes, cuando concurran circunstancias que de fuerza mayor o fortuitas.
Finalmente ya se tiene disponibilidad de la Gaceta Oficial Nro. 6.436 de fecha 26 de marzo de 2019; en la que se Publica la Providencia Administrativa Nro. SNAT/2019/0071 de la misma fecha en la cual de conformidad con los artículos 45 del COT y 146 del Reglamento de la Ley de ISLR, se da PRÓRROGA hasta el 30 de abril próximo para la declaración y pago del ISLR.
Se establece la la Providencia Administrativa que en caso de que las personas naturales decidan fraccionar el pago del ISLR, las porciones serán pagadas conforme la normativa ordinaria.
Para descargar el ejemplar en formato electrónico de la Gaceta Oficial...
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