Sobre bifurcaciones y la nueva Unidad Tributaria solo para sanciones




Inicio el año 2018 en Gerencia y Tributos haciendo referencia al primer artículo que escribo para el portal Web FINANZAS DIGITAL. En esta oportunidad trato el tema de la UNIDAD TRIBUTARIA SANCIONATORIA, especie de bifurcación que surge como respuesta a la dantesca distorsión del valor de la Unidad Tributaria que durante más de una década acumula ya una desviación de más de 2.500% hasta febrero de 2017. Ello en momentos en los cuales Venezuela cierra ese año con los efectos de la hiperinflación inducida por una indisciplina fiscal sin precedentes y sin muestras de una pronta corrección. 


La subestimación del reajuste de la Unidad Tributaria es tema que se ha tratado en este Blog de forma recurrente desde que se fundó en el año 2010. Ya antes de esa fecha me había correspondido en otros foros hacer referencia a la violación del procedimiento de reajuste establecido en el Código Orgánico Tributario analizando el capítulo del año 2007 en el cual se comenzó en el país a hacer costumbre la subestimación del reajuste de la Unidad. 

Y es precisamente el tema de la subestimación de la Unidad Tributaria termina en Venezuela un tema #Evergreen que seguirá teniendo relevancia mientras se siga huyendo del procedimiento legal tributario que se previó en el Código Orgánico Tributario para su valoración. 

Pero ahora, cuando el cuerpo que se ha abrogado la legislación, control constitucional y político del país, ésta dicta norma sobre este nuevo indicador, creando la nueva Unidad solo para sanciones, tampoco parece entenderse que el problema no se resolverá con ajustes para el fin específico de establecer multas tributarias, lo que en todo caso hubiese sido una posible solución antes de entrar el país en la espiral hiperinflacionaria. 

Posiblemente en unos pocos meses se atienda a la debida racionalidad y se logre poner freno a la irresponsable política económica que desde el BCV se viene instrumentando con el obsceno financiamiento de un gigantesco déficit fiscal que expande la base monetaria sin decoro alguno y que presiona la caída abrupta del poder adquisitivo del bolívar. Si eso no ocurre pronto, el reajuste de la Unidad Tributaria y su bifurcación sancionatoria deberán ser ajustadas mensualmente, o incluso en lapsos más cortos, para no perder relevancia.  

Es un tema que podría tener muchas aristas y perspectivas para tratar, porque se relaciona con la problemática económica del país que es tan compleja. Es uno de esos temas de los que uno prefiere dejar de escribir alguna vez, esperando que la crisis sea superada. Pero mientras el problema persista, se hace lo que se puede para alertar sobre el mismo. La intención es que se sumen voces para acometer la solución al mismo. 

Les invito entonces a leer el artículo intitulado "Caos, Bifurcación y Unidad Tributaria Sancionatoria" publicado en FINANZAS DIGITAL. 

¡¡¡Feliz año 2018 !!!

Camilo London

Comentarios

  1. Buenos días y feliz año Camilo. Deja claro que el gobierno, de cierta forma, admite la existencia (innegable) de la inflación; cuando establece de manera confiscatoria una U.T. especial para multar a los contribuyentes, dado que el valor va a ser calculado de acuerdo con el IPC del área metropolitana. O sea, que para recavar fondos si se ajusta a la inflación, pero para desgravar o para darle valor a los bonos de alimentación, no.

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