La coartada tributaria tras las sanciones por el paro cívico




"Muchas veces para evitar el abuso, debemos quitar de las manos del abusador el instrumento con el cual comete su fechoría y así evitar que el abuso continúe"


Fue viral en las redes sociales, como una multitud de ciudadanos enardecidos arremetían en contra de funcionarios del SENIAT que aplicaban retaliaciones a empresas que se presume se sumaron al paro cívico convocado por la alianza política, para hacer frente a la amenaza que contra la democracia se ha venido instaurando desde que se rompió el necesario equilibrio de los Poderes Públicos al desconocer a la Asamblea Nacional y su representatividad.


Estoy convencido que cuando la población toma la justicia por sus propias manos estamos ante el derribamiento de los principios que sostienen la convivencia ciudadana. Estamos fuera de las fronteras del marco jurídico que en el pacto social de la Constitución y las leyes atribuye el monopolio de esa función al Estado. Pero entonces, resulta innegable ante esos hechos, que el Estado ha perdido vigencia o al menos el necesario respeto y reconocimiento de esas multitudes que agreden a los funcionarios públicos, en clara actitud de desafío y reclamo por vías de hecho ante lo que perciben como el abuso de la autoridad.


Al final no pierde el gobernante que usa el Poder del Estado de forma oprobiosa, sino además, la sociedad entera, la que termina siendo instrumento de su propia destrucción. Por ello no puedo justificar la agresión contra los fiscales del SENIAT, porque soy firme creyente que la violencia solo puede engendrar más violencia y luego la mayor anarquía.

Tampoco puedo ser indiferente a la causa desencadenante de la actitud de defensa que los ciudadanos asumieron de las empresas que fueron víctimas de una reprochable arremetida que desde dicha institución pretendió ejercer retaliaciones contra los comercios que durante el pasado 20 de julio estuvieron cerrados en un paro cívico, que las estadísticas extraoficiales señalan que fue claramente mayoritario en el país que clama por una rectificación del gobernante. Entender la causa de la justa indignación de la gente, coadyuvará en el logro de la solución que en el marco de ejercicio de la ciudadanía y la política debe hallarse.


Lo que pocos saben de la actuación del SENIAT, es que la misma estuvo amparada en los preceptos contenidos en el Código Orgánico Tributario (COT) que en el año 2014 estableció severas y desproporcionadas sanciones de clausuras de 5 y 10 días a los contribuyentes que incumpliesen algún requisito formal en materia de contabilidad, emisión de facturas, declaraciones o registros creados por la Administración Tributaria. En ese mismo instrumento jurídico se dispuso que incluso cuando el contribuyente objeto de la sanción, estuviese en desacuerdo con la misma por ser improcedente el supuesto incumplimiento, ello no impide la aplicación de la injusta medida de cierre de su negocio.


Por ello, no es de extrañar que en los procedimientos de verificación tributaria ejercidos por el SENIAT luego del paro cívico, tantos contribuyentes se vean afectados por la sanción de clausura de sus establecimientos. Solo por citar un ejemplo, en el caso de que un contribuyente en tan solo una de las más de cien facturas que hipotéticamente emita en un día de trabajo, incumpla algún mínimo requisito que se exigen en la normativa tributaria, ello será suficiente para que aplique la sanción de cinco días de cierre. Igual ocurre cuando se equivoca en el nombre del proveedor de una factura cuando realiza el registro en el libro de compras del IVA, o tenga un retraso de solo un día en la actualización de su RIF.

Pero lo más grave es que aun en el caso de que no exista algún error, si el funcionario actuante "aprecia" que el contribuyente ha cometido alguna falta, aplicará igualmente la pena de clausura, sin derecho al pataleo, como coloquialmente se dice en nuestra tierra.


Solo el contribuyente que logre el 100% de cumplimiento de requisitos formales quedará exento de la severa sanción, lo que implica que tiene un 99,99% de ser objeto de sanción.  Con esta estadística, donde además queda a criterio subjetivo del funcionario la valoración interpretativa de alguna norma, es muy fácil arremeter de forma abusiva contra cualquier contribuyente que se haya sumado al paro cívico. Y es precisamente esa el arma de la que parece haberse valido el Gobierno para mandar un claro mensaje al comerciante sobre el costo de apoyar acciones cívicas de protesta. Así, la actuación que vimos no es más que un abuso de autoridad bajo la coartada de la norma jurídica tributaria.

Tenemos pues, que el COT de 2014 es una norma abusiva muy peligrosa, y es peor en manos de quien la utiliza para causar daño y ejercer el terrorismo de Estado. Es una norma que de haber atendido al principio de proporcionalidad y gradualidad de la sanción, al debido proceso, al derecho a la defensa y a la racionalidad, no podría ser hoy instrumento de amenaza contra el ciudadano. De allí la necesidad de que en el inventario de las reformas que una nueva etapa republicana asuma, esta norma debe ser corregida.

La acción de protesta de empleados y de empresarios al asumir un paro cívico es una manifestación genuina del derecho consagrado en el artículo 68 de nuestra Constitución Nacional que hoy parece peligrar ante la intensión disolutiva de una amañada Asamblea Nacional Constituyente convocada sin consultar previamente al Pueblo Soberano. Creo que no debe la Administración Tributaria ser un instrumento de amenaza a los ciudadanos, porque con ello se sigue atentando contra su institucionalidad. Menos aún por el ejercicio de derechos civiles consagrados en nuestra Constitución.

Estas acciones solo desprestigian enormemente a una institución que una vez fue modelo de modernización  de la administración pública del país.

Son tiempos muy difíciles, son tiempos en los que pido a Dios por el país, porque pueda asumir en paz la ruta de progreso y bienestar, la ruta democrática y del Estado de Derecho. Tengo fe en que así será.

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