Establecida la alícuota del 0% por débitos en cuenta de empresas proveedoras de cestatickets de alimentación socialista a los trabajadores
En Gaceta Oficial N° 40.872 del 18/03/2016 fue publicado el Decreto N° 2.284 donde se establece una alícuota del cero por ciento (0%) para el pago del IGTF, por débitos efectuados en cuentas bancarias pertenecientes a establecimientos especializados en administración y gestión de beneficios sociales, destinadas a la transferencia de fondos de los cestatickets de alimentación socialista a los trabajadores.
De esta forma se evita que estos servicios se vean afectados con la múltiple imposición del IGTF que se generaba con la intermediación de estas empresas.
Comentarios
Publicar un comentario
IMPORTANTE:
Puedes compartir tus comentarios sobre la entrada que leíste aquí.
Pero recuerda, NO DAMOS ASESORÍA O RESPUESTA A CONSULTAS POR ESTA VÍA. Pero si requieres de la atención especializada de un asesor tributario puedes contactarnos y solicitar una cotización de servicios por el correo electrónico gerenciaytributos.asesoria@gmail.com