En la gaceta 40.746 el SENIAT prorroga marcaje del PVP en etiquetas de envases de licores

El Sistema de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) emitió una providencia en la Gaceta Oficial N° 40.746 de este martes 15 de septiembre de 2015, mediante la cual prorroga el plazo establecido para el marcaje de Precios de Venta al Público en las etiquetas o impresiones de los envases de bebidas alcohólicas.

Fuente http://www.finanzasdigital.com/


La Providencia Administrativa SNAT/2015/0056 explica que la prorroga es a partir del 06 de agosto de 2015, hasta el 06 de enero de 2016. En tal sentido agrega que “s in perjuicio de lo establecido en otras normas, los fabricante productores nacionales y artesanales e importadores de bebidas alcohólicas, deben entregar la lista de precios a los expendios de bebidas alcohólicas, previa notificación a la Administración Tributaria Nacional, durante dicho plazo”.

Asimismo señala que la lista de precios de bebidas alcohólicas a la que hace referencia el artículo anterior, debe contener la siguiente Información:

-Tipo de bebida alcohólica.

– Indicar el precio de venta al público (PVP) y el monto de los impuestos nacionales.

-Precio final de la bebida alcohólica a pagar por el consumidor final.

“Los expendedores de bebidas alcohólicas deben publicar en un lugar visible del establecimiento las listas de precios”, refiere la normativa.

http://www.finanzasdigital.com/2015/09/gaceta-40-746-prorrogan-marcaje-del-pvp-en-etiquetas-de-envases-de-licores/

Comentarios

Calendario Contribuyentes Especiales del SENIAT 2024

Calendario Contribuyentes Especiales del SENIAT 2024
Descarga aquí el Calendario Contribuyentes Especiales del SENIAT 2024

Asesoría Tributaria Especializada

NUEVO

Para Contribuyentes Especiales

Video Tutorial

Condiciones de uso y responsabilidad respecto a la información y artículos del Blog

No autorizamos la reproducción de parte o la totalidad de los contenidos que publicamos en el Blog. El plagio es una acción ilegal y es contrario a la ética profesional.

De forma enfática, no autorizamos la mención de nuestro Blog, sus contenidos o sus autores en espacios de promoción de servicios profesionales o de otro tipo, así como no autorizamos la utilización de nuestros contenidos en la estrategia digital de marketing de terceros.

Los criterios expresados en este Blog por los diferentes autores o colaboradores, no representan una recomendación específica o asesoría, sino un criterio profesional de estos que se comparte en el espacio.

Se recomienda no aplicar dichos criterios o posiciones relativas a interpretación o aplicación de las normas, a menos que se pueda contar con la opinión y asesoría sustentada de un especialista en la materia.

De requerir la contratación de asesoría especializada, nuestro equipo profesional está presto a brindarla.

La información contenida en el blog Gerencia y Tributos es de naturaleza general, no constituye asesoría, y en especial no tiene el propósito de atender circunstancias específicas de ningún individuo o entidad.

Así mismo, no podemos garantizar que la información compartida es correcta y oportuna, así como tampoco puede haber garantía de que dicha información sea correcta en la fecha que se reciba o que continuará siendo correcta en el futuro.

En virtud de ello, nadie debe tomar medidas basado en dicha información sin la debida asesoría y/o asistencia profesional basada en el estudio detallado de la situación en específico.