Un buen negocio en las firmas electrónicas

Con las nuevas tendencias y nuevas tecnologías encontramos normalmente a observadores (consumidores), pero para ello es necesario que antes se revelen los actores (emprendedores), capaces de transformar las buenas ideas en buenos negocios para la satisfacción de las necesidades del cliente.


Con la entrada en vigencia de la ley sobre mensajes de datos y firmas electrónicas, muchos han hablado de las posibilidades que se plantean respecto a los nuevos paradigmas en las comunicaciones en el ámbito mercantil, laboral y organizacional, pero pocos parecen ser los que han hecho de estas expectativas una oportunidad de negocio o un proyecto de empresa.

La expectativa de negocio, considerando el valor económico de la actividad empresarial, permitirá que se constituyan empresas que funjan como Proveedores de Servicios de Certificación. Pero no sólo allí quedan las oportunidades de emprender negocios que atendiendo a las demandas de usuarios, reporten rendimientos a sus responsables, ya que es posible también que se constituyan empresas que teniendo el certificado, ofrezcan el envió de mensajes de datos.

Tenemos el caso de la empresa http://www.notifica.net/  que ofrece a sus clientes una gama de alternativas para incorporar en sus contratos laborales, mercantiles y civiles, la modalidad de la notificación por medios electrónicos, con sustentación en la firma electrónica. La empresa indica en su site que: “A través de este servicio, las partes en los contratos, cuando así lo hayan acordado previamente, pueden hacerse notificar vía correo electrónico, de los cuales les queda un comprobante que puede ser utilizado válidamente en juicio”, pero va incluso mas allá y ofrece además el servicio de notificaciones contractuales para la publicación de revocación de poderes. Este servicio brinda al poderdante la tranquilidad que el poder que ha revocado, no podrá ser utilizado por el apoderado; y a los terceros (inclusive notarios y registradores), la facilidad de revisar en forma rápida y gratuita si algún poder ha sido revocado.

Comentarios

  1. ¡Muy buen artículo!
    Aprovechando el hilo de la entrada, introduzco una herramienta para firmar autorizaciones y contratos con firma digital.
    http://www.portasigma.com

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

IMPORTANTE:

Puedes compartir tus comentarios sobre la entrada que leíste aquí.

Pero recuerda, NO DAMOS ASESORÍA O RESPUESTA A CONSULTAS POR ESTA VÍA. Pero si requieres de la atención especializada de un asesor tributario puedes contactarnos y solicitar una cotización de servicios por el correo electrónico gerenciaytributos.asesoria@gmail.com

Calendario Contribuyentes Especiales del SENIAT 2024

Calendario Contribuyentes Especiales del SENIAT 2024
Descarga aquí el Calendario Contribuyentes Especiales del SENIAT 2024

Asesoría Tributaria Especializada

NUEVO

Para Contribuyentes Especiales

Video Tutorial

Condiciones de uso y responsabilidad respecto a la información y artículos del Blog

No autorizamos la reproducción de parte o la totalidad de los contenidos que publicamos en el Blog. El plagio es una acción ilegal y es contrario a la ética profesional.

De forma enfática, no autorizamos la mención de nuestro Blog, sus contenidos o sus autores en espacios de promoción de servicios profesionales o de otro tipo, así como no autorizamos la utilización de nuestros contenidos en la estrategia digital de marketing de terceros.

Los criterios expresados en este Blog por los diferentes autores o colaboradores, no representan una recomendación específica o asesoría, sino un criterio profesional de estos que se comparte en el espacio.

Se recomienda no aplicar dichos criterios o posiciones relativas a interpretación o aplicación de las normas, a menos que se pueda contar con la opinión y asesoría sustentada de un especialista en la materia.

De requerir la contratación de asesoría especializada, nuestro equipo profesional está presto a brindarla.

La información contenida en el blog Gerencia y Tributos es de naturaleza general, no constituye asesoría, y en especial no tiene el propósito de atender circunstancias específicas de ningún individuo o entidad.

Así mismo, no podemos garantizar que la información compartida es correcta y oportuna, así como tampoco puede haber garantía de que dicha información sea correcta en la fecha que se reciba o que continuará siendo correcta en el futuro.

En virtud de ello, nadie debe tomar medidas basado en dicha información sin la debida asesoría y/o asistencia profesional basada en el estudio detallado de la situación en específico.