En la Gaceta Oficial identificada con el Nº 40.106 del miércoles 06 de febrero 2013, fue publicado el ajuste de la Unidad Tributaria (UT), que ahora será de Bs. 107,00.
El pasado martes 05 de febrero la Comisión de Finanzas y Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional aprobó el ajuste del valor de la Unidad Tributaria propuesto por el SENIAT en aplicación del procedimiento previsto en el Código Orgánico Tributario que planteó un incremento de Bs. 90,00 a Bs. 107,00.
El ajuste se corresponde con la variación del IPC, (No el INPC), del año 2012 como lo prevé el COT. La variación de dicho índice fue de 19,57%, siendo que el valor de la Unidad Tributaria se expresa normalmente al valor entero redondeado por defecto.
La Unidad Tributaria es una medida de conversión para el cálculo del monto de tasas, rangos de exención de tributos, tarifas de impuestos y sanciones pecuniarias aplicables a los tributos nacionales. Sin embargo, su uso de ha extendido a otras áreas no tributarias, como la laboral y crediticia. Así tenemos que la Unidad Tributaria es utilizada para el cálculo del monto que mensualmente reciben los trabajadores producto de la aplicación de la Ley de Alimentación.
Conforme lo dispone el COT, para la declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) correspondiente al ejercicio fiscal 2012 se mantiene como el valor de la Unidad Tributaria el de 90 bolívares, por cuanto para dicho ejercicio económico, este fue el valor que estuvo vigente por más de 183 días.
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