El Decreto de un Feriado Nacional por parte del Ejecutivo Nacional para el día 04 de julio de 2011, para sumarlo a la conmemoración del 05 de julio en que se da la firma del Acta de Independencia en 1811, nada menos que en el Bicentenario de tan magna fecha, no puede más que llenarnos de júbilo ante la sensibilidad de un Gobierno que antepone el realce de los valores patrios a cualquier otra consideración. Se trata precisamente de una fecha para reflexionar sobre el trascendente paso que representó la decisión de quienes lideraron la acción de declarar la independencia del para entonces Imperio Español. Difícilmente podrían haber anticipado aquellos gallardos ciudadanos las consecuencias de su empeño concretado con la firma del Acta de Independencia, difícilmente podrían anticiparse a lo que hoy se ha consolidado en la Patria Grande de América, muy particularmente de la parte latina de este Continente ubicada en su zona central y sur.
Ahora bien, estando justificado este eventual feriado que permite una extensión de al menos tres días no laborables, empezando el domingo 3 y cerrando el martes 5 de julio, en la necesidad de facilitar y promover la masiva participación de la población a los actos que conforman la agenda del Gobierno Nacional en esta conmemoración, hay un aspecto que no puede pasarse por alto, como lo es la “forma” en que se ha instrumentado este “Feriado”. Y es que un Feriado no laborable implica una ruptura del normal desenvolvimiento de la sociedad, constituye una ruptura de una dinámica compleja de relaciones, flujos de recursos, operaciones humanas y planificaciones trazadas, a veces con años y otras con días de anticipación.
Un día no laborable implica un costo para la economía nacional, para el sistema de distribución de bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades de la población, implica un costo para la sociedad completa que ante la festividad debe considerar el beneficio ya no medido en términos económicos, sino integrales. Partiendo de la hipótesis de la pertinencia y beneficio neto de este Feriado, amparado ello en la exposición de motivos que hemos podido analizar de la facilitación hecha por el Ministro de Información, que con la autoría de un archivo PDF pudo difundir su contenido previo, incluso antes de la firma del Presidente y su publicación en Gaceta Oficial que de seguro como en otras oportunidades aparecerá publicado el mismo día del asueto; resulta sin embargo absurdo que el “aviso” extraoficial del Feriado se haya realizado en un programa de televisión por parte del Vice-presidente de la República el viernes 01 de julio, y luego a través de diversas aplicaciones de Internet de parte del Ministro de “Información”. Más insólito es que tal aviso se haya realizado sin la debida antelación que permita tomar las previsiones necesarias a los integrantes de la sociedad para adecuar sus roles a esta ruptura de su cotidianidad. Se trata de uno más de muchos capítulos semejantes en los cuales se Decreta un Feriado sin una previa convocatoria a los integrantes de la sociedad, sin considerar las implicaciones que una ruptura de las funciones públicas y particulares genera en el desarrollo del país, sin considerar la participación ciudadana que debería signar las acciones de quienes han sido envestidos del mandato popular para dirigir el país. Una acción tomada con este alto nivel de improvisación o imprevisión sólo podría responder a un estado de emergencia o conmoción, y no más bien ser el factor para generarlo.
Al igual que en otras oportunidades, planteo la necesidad de que ante la evidente manifestación de inmadurez cívica, económica y hasta política que el Gobierno Nacional, algunos estadales y otros municipales con el Decreto intempestivo de días festivos no laborables, se hace necesaria una norma legal que los regule, obligando a la debida antelación, planificación y participación de y a la sociedad, porque no basta una irreprochable justificación para Decretarle, es necesario que además, ello se haga de la forma que constituya el menor trauma, el menor costo social y desprendido absolutamente de la improvisación y la arbitrariedad que colapsa la cotidianidad productiva de un país. En ese sentido, la facultad que le fue conferida al Poder Público en cualquiera de sus tres niveles, nacional, estadal y municipal debe ser modificada y sujeta a, por ejemplo, la aprobación de los respectivos parlamentos que corresponden a cada una de estas instancias de poder público. Se trata en este caso de que los Ejecutivos del Poder Público venezolano, en sus tres niveles en general denotan un irresponsable manejo de la facultad que se les ha conferido por ley para el Decreto de días festivos no laborables, pues entonces la ley (mandato popular), debe corregirse para adaptarse a esta falta de madurez y sindéresis. Quien no puede administrar sus privilegios no los merece.
Sólo un estado de emergencia o conmoción podría justificar en Decreto “INTEMPESTIVO” de día no laborable, porque como ya referí previamente, es en casos de emergencia que ello se justifica de este modo imprevisto, de lo contrario, como en el caso que nos ocupa, el Decreto del día feriado improvisado es el que termina creando una situación de emergencia y conmoción para la sociedad. Al final es un problema de que dicho Decreto podría ser justificado, pero por la forma en que se instrumentó, es indebido.
Escrito por:
Camilo London
Ciudadano de esta hermosa República, heredero junto a mis compatriotas, del legado de quienes el 5 de julio de 1811 Declararon la vocación de independencia y libertad de este pedazo de la tierra.
02 de julio de 2011
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